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Convenio Regulador o Pacto de convivencia Familiar según la Ley Valenciana 5 / 2011 de 1 de abril.

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DIVORCIOS EN ALICANTE DIVORCIO EXPRESS Y DIVORCIO MUTUO ACUERDO EN ALICANTE Avd. Maisonnave, 41, 1º G 03003 - Alicante tlf. 650594446 P or pacto de convivencia familiar debe entenderse el acuerdo, de naturaleza familiar y patrimonial, adoptado entre ambos progenitores y judicialmente aprobado , con la finalidad de regular y organizar el régimen de convivencia o de relaciones, en su caso, así como los demás extremos previstos en esta ley. El Pacto de convivencia familiar regulará: 1. Cuando los progenitores no convivan o cuando su convivencia haya cesado, podrán otorgar un pacto de convivencia familiar, en el que acordarán los términos de su relación con sus hijos e hijas. 2. El pacto de convivencia familiar deberá establecer, al menos, los siguientes extremos: a) El régimen de convivencia y/o de relaciones con los hijos e hijas menores para garantizar su contacto con ambos progenitores. b) El régimen mínimo